Reglamento


Reglamento de la Biblioteca Pedagógica San Francisco
1.   Disposiciones generales:
La BPSF permanecerá abierta en el horario de 8 a 18:00 hs.
El público en general podrá hacer consultas bibliográficas en nuestra sala de lectura en el horario establecido, con la presentación de su DNI.
Todos los servicios de la Biblioteca Pedagógica San Francisco son gratuitos.

2.   Usuarios:

Podrán inscribirse como socios:
 Los docentes.
 Los estudiantes de los Institutos de Formación Docente de gestión pública y privada.
Los agentes de la administración pública provincial (APP).
Los estudiantes terciarios y universitarios.
3.   Requisitos:
Docentes y agentes de la APP
Fotocopia DNI.
Fotocopia del recibo de haberes.
Fotocopia de un impuesto o servicio con domicilio actual.
Estudiantes.
Constancia de alumno regular debidamente actualizada y sellada por la autoridad competente.
Fotocopia del DNI, y de un cedulón de impuesto o servicio con domicilio actualizado.
4.   Préstamos:
Préstamo en sala: el público en general podrá consultar el material en sala con la presentación de su DNI o LTP en caso de estudiantes.
Préstamo a domicilio: es requisito indispensable para gozar del préstamo de material bibliográfico a domicilio ser socio de la biblioteca.
Se prestan hasta 5 ítems en total.
  libros
  videos
  CD- DVD
  casettes de audio
  revistas
De acuerdo a:
  videos y material digital: 7días.
  Literatura:  10 días.
  Textos Nivel Inicial, Primario y Secundario: 30 días.
  Revistas: según título.
5.    Devoluciones
Los lectores deberán devolver el material retirado en las fechas o plazos estipulados.
6.    Renovación
Cumplido el plazo del préstamo, el socio deberá traer el libro pudiendo ser renovado siempre que no esté reservado para otro socio.
7.    Resguardos y Sanciones
Los lectores deberán manejar con sumo cuidado el material que se les facilite, comunicando al bibliotecario cualquier deterioro o anormalidad.
Está prohibido rayar, señalar párrafos y/o mutilar las obras que se le faciliten en préstamo.
El material debe ser devuelto en la fecha estipulada; de lo contrario, se aplicará al usuario una suspensión equivalente a la cantidad de días de mora.
Todo material dañado y/o perdido deberá ser repuesto en su edición original o según disposición de la coordinadora.
Ante la falta de devolución del material retirado, la biblioteca enviará un reclamo recordatorio; en caso de no obtener respuesta satisfactoria, se gestionará su devolución a través de otros mecanismos legales determinados por la Subsecretaría.
Aquel socio que incurra en reiterados incumplimientos podrá ser dado de baja y su pedido de reincorporación quedará sujeto a decisión de la Coordinadora de la biblioteca.
Las sanciones previstas precedentemente serán aplicadas sin perjuicio de las responsabilidades legales que pudieran corresponder.
8.    Disposiciones especiales

Los casos no contemplados en el presente reglamento serán considerados por la dirección de la Biblioteca Provincial de Maestros.

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